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SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACION
La Secretaría Comunal de Planificación desempeñará funciones de asesoría del Alcalde y del Concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales.
En tal carácter, le corresponde las siguientes funciones:
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Servir de secretaría técnica permanente del Alcalde y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas y proyectos de desarrollo de la Comuna;
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Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos de Plan de Desarrollo Comunal y de Presupuesto Municipal;
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Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el Presupuesto Municipal, en informar sobre estas materias al Concejo, a lo menos semestralmente;
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Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la Comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales;
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Elaborar las Bases Generales y Específicas, según corresponda, para los llamados a Licitación, previo informe de la Unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el Reglamento Municipal respectivo;
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Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los Servicios Públicos y con el sector Privado de la Comuna; y
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Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
Adscrito a esta Unidad existirá el asesor urbanista, quien requerirá estar en posesión de un Título Universitario de una carrera de, a lo menos, diez semestres, correspondiéndole las siguientes funciones:
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Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano;
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Estudiar y elaborar el Plan Regulador Comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo la modificaciones que sean necesarias y preparar los planes seccionales para su aplicación; y
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Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al Municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
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